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Administración Pública. Profesión: Orientadora laboral. Localidad: A Coruña

viernes, 11 de diciembre de 2009

Certificados de Profesionalidad

Reconocimiento de Competencias profesionales para la adquisición de Certificados de Profesionalidad.

En el BOE de 25 de agosto de 2009 se ha publicado el “ Real Decreto 1224/2009 de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Este Real Decreto establece el sistema por el cual se podrán reconocer las competencias profesionales adquiridas mediante experiencia laboral, a efectos de la expedición de Certificados de Profesionalidad que permiten el desempeño de profesiones en el ámbito de toda la Unión Europea y en su caso, de los correspondientes Títulos de Formación Profesional

De esta forma se da respuesta a uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales que es, según la Ley Orgánica 5/2002 de Cualificaciones y Formación Profesional: evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional, cualquiera que hubiera sido su forma de adquisión.

Esta norma establece el procedimiento y los requisitos para la evaluación y la acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional o por vías no formales de formación.

En la actual situación de globalización de los mercados, el rápido cambio de los medios tecnológicos , así como el continuo avance de la sociedad de la información, hacen que las estrategias coordinadas para el empleo que postula la Unión Europea se oriente hacia una población activa cualificada.

Cabe destacar que esta medida contribuye de forma decisiva a lograr los objetivos establecidos en la cumbre de Lisboa del año 2000, y que ha venido ampliando y ratificando en sucesivas cumbres de la Unión Europea, en la que se apostaba por el fomento del reconocimiento de aquellas competencias profesionales adquiridas fuera de la educación considerada como formal.

Cual es el fin de todo esto? Prioritariamente , facilitar la empleabilidad , la movilidad , el aprendizaje a lo largo de la vida, y la cohesión social , sobre todo de aquellos colectivos que por unos motivos u otros, carecen de una cualificación oficial reconocida.

Cada Comunidad Autónoma tiene potestad para convocar un proceso de evaluación y acreditación, determinando las cualificaciones que van ser objeto de evaluación en esta convocatoria pública.

Para más información puedes descargar el BOE del 25 de agosto del 2009


También encontrarás información sobre los Certificados de Profesionalidad en la Pag. de la Consellería de Traballo e Benestar:

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